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Polémica de los CCTV

Por 31 octubre, 2014 Sin comentarios

Recientemente se ha creado una polémica en cuanto a los Circuitos Cerrados de T.V. en cuanto quienes son las personas o profesionales que pueden tener como objeto de su trabajo el visualizar en tiempo real las imágenes generadas por los CCTV.

El Ministerio del Interior a través de la Unidad Central de Seguridad Privada, sostiene a tenor de lo dispuesto en la normativa vigente que:

Cuando las cámaras de CCTV se utilizan con los fines de prevención contra el robo, intrusión y otros hechos delictivos, el visionado, en tiempo real, de las imágenes captadas por dichos sistemas de video vigilancia, solo podrá ser realizado por vigilantes de seguridad.

Y añade:

La realización de dichos servicios, como prolongación de la función correspondiente a los vigilantes de seguridad, ejecutados por personal no habilitado, puede suponer una infracción contemplada en el Régimen Sancionador de la normativa de Seguridad privada, cuya responsabilidad podría recaer en la comunidad de propietarios, en la empresa contratante o en el propio personal prestatario de los Servicios.

Por otra parte el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid, opina:

Claramente el personal laboral de una comunidad de propietarios, únicamente ve en tiempo real en una pantalla lo que esta sucediendo y que no difiere en nada si lo ve directamente o en el campo de visión que capta una cámara.

No tiene sentido ni justificación que el empleado laboral pueda ver directamente la realidad y que la Dirección General de la Policía abra expedientes sancionadores, si el empleado ve esa realidad en tiempo real en una pantalla

Nosotros opinamos:

Si la propia citada Ley de Seguridad Privada establece en su Disposición Adicional Primera que Quedan EXCLUIDAS del ámbito de aplicación del Reglamento de Seguridad Privada las actividades de recepción, comprobación de visitantes y los de control de entradas en cualquier tipo de inmuebles, ¿qué problemas hay en que el personal laboral que desarrolle esos trabajos se apoye, para más eficacia en sus tareas, en algo tan actual como un equipo de CCTV?.

Cuando llaman a la puerta de cualquier vivienda, ¿EL TELEFONILLO CON CCTV TIENE QUE SER DESCOLGADO POR UN VIGILANTE DE SEGURIDAD?.